Vinicius pone en jaque LaLiga: Las consecuencias del racismo en el fútbol

Vinicius

El fútbol es un deporte que se ha convertido en un fenómeno social que tiene gran impacto en diferentes campos de la sociedad, por su gran alcance mediático. Prueba de ello es la polémica surgida con motivo de los insultos racistas dirigidos a Vinicius Jr., en Mestalla, durante el partido entre el Real Madrid y el Valencia, el pasado 21 de mayo.

Estos hechos, que han causado una gran conmoción, han sido repudiados, no solo en España por los compañeros del carioca, sino también por los medios de comunicación, políticos, dirigentes deportivos y hasta por el propio Cristo del Corcovado, cuya imagen dejaron sin iluminación en Brasil, por las ofensas al jugador de la entidad madridista.

Ahora bien, la pregunta es, si más allá de ser ofensas, estos insultos racistas podrían ser constitutivos de un delito de odio por parte de quienes las profirieron.

En este sentido, resaltar que la Fiscalía de Valencia ha iniciado de oficio diligencias de investigación por un presunto delito de odio contra Vinicius y que en España, tanto el Código Penal, como la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, establecen penas de prisión y de multa.

El artículo 510 del Código Penal establece penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses, a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio sobre un individuo o grupo, ya sea por su pertenencia al mismo, por razones de raza, sexo, religión, origen, identidad sexual o ideología, así como penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses a quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos que debe estar basado en una característica común de sus miembros, como su raza.

Por su parte, la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, prevé que la competencia para las sanciones administrativas recaen en la Delegación del Gobierno, en el Ministerio de Interior y en el Consejo de Ministros y señala que en los casos de las infracciones tipificadas en dicha ley, cada aficionado puede ser sancionado con multas que van de 150 a 650.000 euros, dependiendo de la gravedad de la misma, además de la prohibición de entrar al campo de dos a cinco años, en el caso de infracciones muy graves.

Ante estos lamentables hechos, Javier Tebas, presidente de LaLiga, ha manifestado que en los próximos días la patronal solicitará que se proceda a la modificación de la citada Ley 19/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte y de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del deporte, con el finalidad de que LaLiga pueda "ejercer potestad disciplinaria" sobre los incidentes de este tipo que puedan surgir en los partidos de la competición, que ahora tienen de protagonista a Vinicius.
..Carolina González

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